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(a) El Estado se compromete, en la medida de lo posible y de acuerdo con los términos de este Contrato y de la Ley Aplicable, a suministrar en forma expedita todas las aprobaciones y asistencia necesaria para el desarrollo y operación del Proyecto y que puedan ser razonablemente requeridas por la Empresa en relación con los derechos otorgados bajo este Contrato. El Estado debe establecer procedimientos simples y expeditos para la aprobación de todos los Permisos requeridos para la construcción del Proyecto en una manera consistente con la Ley Aplicable y no deben ser sin motivo retenidos o demorados.
(b) El Estado se asegurará que los Gobiernos Locales no le exigirán a la Empresa que solicite más de una licencia de negocios bajo la Ley Aplicable, y que no se le cobrará más que por una sola licencia de negocios.
Revise las Limitaciones de Responsabilidad y
la Guía del Usuario del MMDA 1.0
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