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2.1 Plazo de este Contrato
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DERECHOS CONFERIDOS

2.0 Desarrollo del Área Minera

2.1 Plazo de este Contrato

El presente Contrato comenzará a regir en la Fecha de Vigencia y se mantendrá vigente por [25] años. En la medida que:

(i) continúen en existencia cantidades comerciables de Minerales no desarrollados en el Área del Proyecto al término de dichos [25] años,

(ii) la Empresa no se encuentre en incumplimiento grave de este Contrato, y

(iii) este Contrato no haya sido terminado en forma previa de acuerdo con sus términos,

la Empresa tendrá la opción de renovar este Contrato en hasta [CUATRO] oportunidades, cada una de ellas por un período de hasta [10] años, en los términos y condiciones que las Partes acuerden de manera de reflejar las condiciones existentes y previsibles, estipulándose, sin embargo, que este Contrato (ya renovado, si correspondiere) se mantendrá en pleno efecto durante el período durante el cual las partes estén negociando los términos de dicha renovación.

EJEMPLO 1

Sujeto a los términos de este Contrato, este Contrato se mantendrá vigente por un período igual al plazo de las licencias para minería a gran escala y por el período adicional igual al de la renovación de las licencias para minería a gran escala que de tiempo en tiempo se otorguen, en la medida que la Empresa, a la expiración del período inicial el 31 de Marzo de 20xx, solicite al Gobierno la renovación de cualquiera de las licencias para minería a gran escala y:

1. El Gobierno rechaza la solicitud de renovación; o

2. Cualquiera de dichas licencias para minería a gran escala sean renovadas de una forma distinta a la solicitud que hubiere formulado la Empresa bajo la [LEY].

EJEMPLO 2

El plazo de este Contrato es de _____ años a contar de la Fecha de Vigencia y por el período adicional, si existiere, por el cual este Contrato se prorrogue o renueve.

EJEMPLO 3

El Plazo de este Contrato se iniciará en la Fecha de Vigencia y continuará en efecto hasta la ocurrencia, de lo que ocurra primero, de:

(i) La expiración del Plazo para el que fue electa [ENTIDAD GUBERNAMENTAL] si [ENTIDAD GUBERNAMENTAL] ha decidido participar en la Empresa aguas abajo de acuerdo a lo estipulado en la Sección 2.3 (iv);

(ii) La terminación de este Contrato de acuerdo a sus términos;

(iii) Sólo en lo que respecta a la Empresa Conjunta, el ingreso al JEA por las Partes o por sus respectivas Filiales; o

(iv) La terminación del Contrato de Exploración sin que se suscriba, por las Partes o por sus respectivas Filiales, un Contrato de Arrendamiento [Minero].

EJEMPLO 4

Plazo. El plazo de este Contrato será de veinte (20) años a contar de la Fecha de Vigencia y por el tiempo posterior necesario para que los Productos de las Propiedades sean producidos de manera continua y, posteriormente, hasta que todos los materiales, suministros, equipos e infraestructura hayan sido recuperados y eliminados, y cualquier Exigencia Ambiental haya sido completada y aceptada y los Participantes hayan aceptado la presentación contable final, salvo que el Negocio haya sido terminado en forma previa de acuerdo a lo aquí estipulado. Para estos propósitos, se considerará que los Productos son producidos de las Propiedades “de manera continua” en la medida que la producción de cantidades comerciales no se detenga por más de ________ (___) días consecutivos.

2.1.1 Concesión de Derechos de Desarrollo Minero

Por este medio el Estado concede a la Empresa total y completo acceso al Área Minera sujeto a la Ley Aplicable y a los términos de este Contrato, incluyendo los derechos a:

(a) Tener la prioridad en el ejercicio de sus derechos bajo este Contrato en la medida necesaria para las Operaciones Mineras, sobre cualquier otro permiso, concesión, autorización u otra cualquiera actividad de cualquier naturaleza concedida o emitida para el Área Minera, antes o después de la fecha de este Contrato, incluyendo, pero no limitado a, las concesiones madereras, actividades de reforestación, plantación o exploración de petróleo y gas u otros hidrocarburos, grava, arena y metales, o cualquier mineral de cualquier naturaleza;

(b) Realizar todas las excavaciones necesarias para extraer los minerales de los depósitos y, sujeto a la presentación de los Documentos actualizados, si ello fuere necesario, reprocesar los relaves mineros y materiales desechados;

(c) Construir todas las plantas, maquinarias, edificios, talleres, ductos, y otras instalaciones para producción que sean necesarias o convenientes para las Operaciones Mineras;

(d) Ajustar los programas de producción, tasas de operación y cantidad de fuerza laboral según sea necesario y prudente para responder a las condiciones de operación temporales de acuerdo a las Buenas Prácticas de la Industria;

(e) Almacenar productos o desechar cualquier producto residual de las actividades mineras o las operaciones de procesamiento del mineral, incluyendo los relaves;

(f) Captar y usar agua de los canales, pozos y perforaciones, colocar tuberías de agua, hacer cursos de agua y lagunas, represas y tranques, y para desviar y utilizar toda el agua necesaria para el Proyecto;

(g) Construir y mantener todas las instalaciones y facilidades para transporte y telecomunicaciones y cualesquiera otras áreas mencionadas en el Estudio de Factibilidad como necesarias o convenientes para producir y operar el Proyecto;

(h) [reservado];

(i) Cortar y utilizar madera, piedras de cantera, arena, grava y otros materiales de construcción, para su uso en la construcción y operación del Proyecto, libre de cargo dentro del Área Minera, en la medida que ello sea razonablemente necesario para el Proyecto (pero no para otro propósito, incluyendo la reventa).

(j) Construir y mantener casas, edificios, servicios e instalaciones accesorias para el uso de la Empresa, sus contratistas, agentes y sus trabajadores y sus familiares inmediatos;

(k) Realizar cualesquiera otra Operaciones Mineras que sean necesarias o convenientes para el ejercicio de los derechos y obligaciones de la Empresa de acuerdo a este Contrato y realizar toda otra actividad que sea razonablemente necesaria o conveniente para ejecutar el Proyecto, consistentes con las Buenas Prácticas de la Industria; y

(l) Comercializar, vender y exportar Minerales dentro del Estado e internacionalmente, a precios de mercado.

2.1.2 Concesión de Derechos de Acceso

Por este medio el Estado concede a la Empresa total y completo acceso al Área del Proyecto en los términos de la Ley Aplicable y a los de este Contrato, incluyendo los derechos de Adquirir, importar, construir, instalar y operar, en el Área del Proyecto, planta, equipamiento, vías de ferrocarriles, caminos, puentes, aeropuertos, puertos, embarcaderos, diques, tuberías, instalaciones para generación y transmisión de energía y cualesquiera otra infraestructura razonablemente requerida para las operaciones.

*Nota: muchos de los derechos de la Empresa mencionados en los ejemplos aparecen en otras secciones del MMDA.

EJEMPLO 1

El Contrato de Arrendamiento Minero otorgará a la Empresa el derecho exclusivo de extraer y comercializar los minerales dentro del Área Minera, junto al derecho de realizar todo tipo de actividades razonablemente necesarias o convenientes para extraer dichos minerales.

EJEMPLO 2

Los derechos concedidos a la Empresa por el Contrato de Arrendamiento Minero deben incluir los derechos a efectuar lo siguiente, sujeto al cumplimiento de las leyes relevantes, permisos y este Contrato:

(a) Explorar, desarrollar, extraer, remover, lixiviar en el lugar, tratar, producir, refinar, embarcar y vender, utilizando tecnologías y prácticas ahora conocidas o que puedan existir en el futuro, por su cuenta, sujeto a las disposiciones de este Contrato, todos los Minerales que existan o puedan ser encontrados dentro del Área Minera;

(b) Construir y utilizar excavaciones, aberturas, tajos abiertos, piques, zanjas y vías de drenaje;

(c) Construir, erigir, mantener, usar y, a su elección, remover, todos y cualesquiera de los edificios, estructuras, plantas, maquinaria, equipamiento, vías de ferrocarriles, caminos, tuberías, instalaciones y líneas eléctricas y de comunicaciones, cintas transportadoras, pilas de almacenamiento, pilas de residuos, tranques, tranques de relave e instalaciones para relaves, piscinas de decantación y cualquiera otra mejora, propiedad y elementos para minería, para la extracción, remoción, beneficio, procesamiento, concentración, fundición, extracción, lixiviación (en el lugar o fuera), bio-lixiviación, utilización de autoclave, refinación y embarcación de Minerales, o para cualquier otra actividad accesoria a ello (ya sea actualmente contemplada o conocida o no), o para cualquiera de los derechos o privilegios de la Empresa de acuerdo a este Contrato;

(d) Desviar cauces, remover soportes subyacentes y laterales, cavar, hundir, usar, consumir o destruir la superficie del Área Minera;

(e) Depositar tierra, rocas, residuos, minerales de baja ley y materiales en la superficie del Área Minera;

(f) Perforar pozos para el agua y colocar y mantener todos los cauces de agua que sean necesarios o convenientes para la operación de la Mina;

(g) Instalar líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y las instalaciones de subestación de acuerdo a la necesidad de operación de la Mina, incluyendo torres, conductores, transformadores, interruptores y otras instalaciones accesorias;

(h) Extraer y usar para las Operaciones cualquier arena, grava, agregados, arcilla, roca y tierra que se encuentren dentro de los límites del Área Minera;

(i) Usar, sin necesidad de pago de ningún royalty, libre de cargo y cualquier cobro, la propiedad intelectual del Gobierno;

(j) Extraer, remover y procesar minerales, productos y materiales por medio o a través de piques, aberturas o tajos abiertos, sin limitar la posibilidad de la Empresa de disfrutar otros derechos mineros bajo cualquier forma de acuerdo a la Ley Minera;

(k) Usar el suelo dentro del Área Minera, y cualquier pique, abertura, pozos, tajos abiertos, caminos, instalaciones y mejoras, para la extracción, remoción, beneficio, procesamiento, concentración, fundición, extracción, lixiviación (en el lugar o fuera), bio-lixiviación, utilización de autoclave, refinación, embarcación y disposición de minerales y materiales;

(l) Recibir del Gobierno, bajo términos y condiciones comercialmente razonables, cualquier derecho de vía y servidumbres que sean necesarias para el desarrollo de la Mina de acuerdo a la Ley Minera, con el propósito de: (i) transportar Minerales; (ii) transportar materias para consumo y materias primas, incluyendo materiales peligrosos tales como cianuro y explosivos; y (iii) trasmisión de electricidad hacia la Mina; y

(m) Realizar, en la medida permitida por la Ley Minera y este Contrato, cualesquiera otras actividades necesarias o convenientes para la ejecución del Proyecto y las obligaciones de la Empresa de acuerdo a este Contrato.

EJEMPLO 3

El Licenciado tendrá el derecho continuo de:

(i) Emprender cualquier acción legal relativa a los derechos que le han sido otorgados por la Licencia y por este Contrato; y

(ii) Sujeto a la emisión de la Licencia Minera, construir, operar y mantener producción e instalaciones sociales en el Área de Licencia requeridas para las Actividades Mineras normales incluyendo caminos, comunicaciones y energía, así como el uso común de las instalaciones y comunicaciones tanto dentro como fuera del Área de Licencia, de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos; y establecer en el Área de Licencia un sistema privado de comunicaciones satelitales del Licenciado hacia y desde [nombre del país anfitrión] para propósitos tanto de Actividades de Exploración como Actividades Mineras, sujeto a que el Licenciado obtenga las licencias requeridas de parte de las autoridades Gubernamentales; y

(iii) Importar todo el equipo, maquinaria, vehículos, suministros, y piezas de repuesto que se requieran para las Actividades de Exploración y Actividades Mineras en el Área de Licencia y exportar dicho equipo, maquinaria, vehículos, suministros, y piezas de repuesto, de acuerdo a las Leyes aplicables; y

(iv) Hacer uso del derecho exclusivo de realizar Actividades Mineras dentro del Área de Licencia y a recibir la Licencia Minera de acuerdo a la Sección 6.2 (Licencia Minera);

(v) Establecer sucursales, oficinas de representación y otras oficinas en la medida que se cumpla con los requisitos de la legislación del Gobierno;

(vi) Sujeto a la Ley relevante y a la Sección 9.4 (Preferencias de Empleo), contratar y despedir trabajadores según se requiera, y el Licenciado tendrá el derecho de emplear a trabajadores extranjeros para posiciones técnicas, especializadas y de asesoría; requerir a sus trabajadores trabajar tiempo extraordinario y trabajar en la noches y en los días feriados; y

(vii) Obtener las visas requeridas para su personal, Contratistas y consultores (en conjunto, el “Staff del Licenciado”); obtener, con el apoyo de la Autoridad Licenciante, todos los permisos y otras autorizaciones requeridas por el Staff del Licenciado por parte del Gobierno, sus agencias, o sus representantes autorizados.

EJEMPLO 4

11.2 Derechos del Contratante:

(a) Conducir Operaciones Mineras dentro de los límites de su Contrato/Área Minera de acuerdo con los términos y condiciones aquí establecidas y sin interferir con los derechos de otros Contratantes / Arrendatarios / Operadores / Permisionarios / Titulares de Permisos;

(b) Efectuar la posesión del Área del Contrato, con derecho total para ingresar y salir y el derecho a ocuparla, sin perjuicio a los derechos superficiales y servidumbres;

(c) Hacer uso y tener acceso a toda la información pública de tipo geológica, geofísica, de perforaciones, producción y otra que sea relevante a las operaciones mineras;

(d) Vender, ceder, transferir, transmitir o de otro modo disponer de todos sus derechos, intereses y obligaciones bajo este Contrato, sujeto a la aprobación del Gobierno;

(e) Emplear o traer al País personal técnico y especializado, incluyendo los sus familiares inmediatos, de acuerdo a las necesidades del Contratante y sujeto a las leyes y regulaciones aplicables: en el entendido, sin embargo, que si termina la relación laboral de dichas personas extranjeras con el Contratante, se les aplicarán las leyes y regulaciones sobre inmigración. Cada vez que se utilicen tecnologías extranjeras y cuando se empleen ejecutivos extranjeros se realizará un programa de formación. El empleo de extranjeros se limitará a tecnologías que requieran una formación altamente especializada y de experiencia, sujeta a aprobación que se requiera de acuerdo a las leyes, normas y reglamentos vigentes;

(f) Disfrutar de los derechos de servidumbre y utilización de madera, agua y otros recursos naturales en el Área del Contrato, sujeto a las leyes, regulaciones y reglamentos y a los derechos de terceros;

(g) Repatriación del capital y remesa de utilidades, dividendos e intereses sobre créditos, sujeto a las leyes existentes créditos y a las reglas y regulaciones [banco];

(h) Importar, cuando sea necesario, todo el equipamiento, repuestos y materias primas requeridos en las operaciones de acuerdo a las leyes y regulaciones existentes.

EJEMPLO 5

El Contratante tendrá los siguientes derechos:

(a) El derecho exclusivo de realizar Operaciones Mineras en el Área del Contrato de acuerdo a los términos y condiciones aquí establecidas, la Ley, IRR y otras leyes, reglamentos y regulaciones pertinentes, y a determinar el tiempo, naturaleza, amplitud y ubicación de la Exploración, Desarrollo Minero, construcción y los procesos de minería y tratamiento que serán utilizados en las Operaciones Mineras.

(b) Posesión del Área del Contrato con total derecho a ingresar y salir y el derecho a ocupar la misma, incluyendo el derecho de ingresar a tierras y concesiones privadas para realizar las Operaciones Mineras, previo aviso y pago de indemnización por el daño que dichas operaciones generen, de acuerdo a la Sección [x] de la Ley y Secciones [xx] de IRR.

(c) Sujeto al pago de indemnización justa de acuerdo a la Sección [x] de la Ley y Sección [x] de IRR, edificar, construir o instalar infraestructura e instalaciones en tierras de propiedad de, operadas o arrendadas por, terceros, si fuera necesario para fines de Operaciones Mineras más convenientes.

(d) Hacer uso y tener acceso a toda la información pública de tipo geológica, geofísica, de perforaciones, producción y otra información en poder del Gobierno o una agencia o entidad del mismo, ahora o en el futuro, relativa al Área del Contrato.

(e) Vender, ceder, transferir, transmitir, gravar e hipotecar o de cualquier otra forma disponer de sus derechos, intereses y obligaciones bajo el Contrato, sujeto a la aprobación del Gobierno en la medida requerida en la Cláusula 18.13.

(f) Sujeto a la Cláusula 15.1, Sección XV de este Contrato y las leyes, regulaciones y reglamentos aplicables, el empleo o ingreso al [País] de personal extranjero especializado (incluyendo los miembros inmediatos de sus familias) de acuerdo a lo que pueda ser requerido por las operaciones del Contratante.

(g) Disfrutar, sujeto a las leyes, regulaciones y reglamentos aplicables, y a cualquier derecho previamente existente y válido de terceras partes, de derechos de servidumbre y uso de madera, agua y otros recursos naturales en el Área del Contrato incluyendo, pero no limitado a:

(i) El derecho de extraer, usar y remover del Área del Contrato, de acuerdo a la Sección [x] de la Ley, arena y grava y otros materiales sueltos no consolidados, sin necesidad de un permiso separado, en la medida que el Contratante utilice dichos materiales exclusivamente en las Operaciones Mineras, y no deberá efectuar disposición comercial de los mismos, y el Contratante deberá enviar al Director/Director Regional reportes mensuales de la cantidad extraída de dichos materiales;

(ii) Sujeto a las leyes, regulaciones y reglamentos forestales aplicables, el derecho a cortar árboles o madera en el Área del Contrato, conforme sea necesario para las Operaciones Mineras, en el entendido que si el Área del Contrato se encuentra ya cubierta por concesiones madereras existentes en la Fecha de Vigencia, el volumen de madera que se requiera y la forma de corte y remoción de la misma será determinada por el Director Regional, con consulta al Contratante, el concesionario o beneficiario del permiso maderero y la Oficina de Administración Forestal del Departamento; en el entendido, adicionalmente, que en caso de desacuerdo entre el Contratante y el concesionario maderero, la materia será sometida a resolución del Secretario, cuya decisión será definitiva; y

(iii) Los derechos de agua para las Operaciones Mineras tras la aprobación de la solicitud a las autoridades gubernamentales que corresponda de acuerdo a las leyes, regulaciones y reglamentos aplicables, en el entendido que los derechos de agua ya otorgados o concedidos por uso prolongado, reconocido y admitido por las costumbres locales, leyes y decisiones judiciales, no deben ser afectados y, en el entendido, adicionalmente, que el Gobierno se reserva el derecho a regular los derechos de agua y la adecuada y equitativa distribución de provisión de agua de manera de prevenir el monopolio del uso de la misma.

(h) Sujeto a las leyes, regulaciones y reglamentos existentes y al pago de la Cuota del Gobierno establecida en la Sección IX de este documento, a repatriar el capital y remesar utilidades, dividendos e intereses y préstamos de terceras partes filiales del Contratante, incluyendo los derechos a:

(i) Repatriar el capital invertido efectivamente ingresado al país en divisas extranjeras u otros activos y registrados con el [banco];

(ii) Convertir a divisas extranjeras y remitir al extranjero cualquier saldo positivo de sus utilidades en [moneda local] por la producción y ventas del Mineral, por sobre los balances requeridos de capital de trabajo;

(iii) Convertir divisas extranjeras a divisas del [País] para todos los propósitos relativos a las Operaciones Mineras, a tasas vigentes al momento de la remisión que no sean menos favorables para el Contratante que las disponibles para cualquier otro comprador de dicha divisa; y

(iv) Convertir a divisas extranjeras y remitir al extranjero las sumas recibidas por expropiación o requisición de propiedad de acuerdo a la Cláusula 13.2 (k) y 13.2 (l). El Gobierno deberá poner a disposición del Contratante todos los derechos precedentes relativos a divisas extranjeras en los términos y condiciones más favorables para los ciudadanos o entidades del [País] u otros ciudadanos o entidades extranjeras sujetos a las leyes del [País].

(i) Sujeto a las leyes, regulaciones y reglamentos existentes relativos al [banco] y Políticas Monetarias, comprar, vender, usar y mantener cualquier divisa o divisas extranjeras que estime; abrir, mantener y usar cuentas en bancos e instituciones financieras extranjeras, bancos e instituciones financieras locales, o en ambos, para dichos propósitos, desde las cuales se podrá pagar a financistas, proveedores y subcontratistas, empleados y expatriados, y para otros gastos de las Operaciones Mineras; y para depositar en, y girar libremente desde, cualquiera de las cuentas extranjeras y locales antes mencionadas, en divisas locales o extranjeras, las ganancias de cualquier financiamiento de deuda o capital, ganancias de la venta de Minerales y de productos minerales y cualquier otro dinero de, o requerido para, las Operaciones Mineras;

(j) Sujeto a las leyes, regulaciones y reglamentos existentes, el Contratante tendrá el derecho a importar al [País] todo el equipamiento, maquinarias y repuestos requeridos por el Contratante para las Operaciones Mineras, y exportar los mismos cuando ya no sean necesarios en las Operaciones Mineras; en el entendido que las maquinarias, equipamiento y repuestos son de un precio y calidad comparable y no son fabricados localmente, son efectivamente necesarios para ser utilizados exclusivamente por el Contratante en sus Operaciones Mineras, y existen documentos de embarque a nombre del Contratante a quien el cargamento se le entregará en forma directa por las autoridades de aduana.

Desde la fecha de aprobación del Estudio de Factibilidad del Proyecto Minero hasta el término del Período de Recuperación y/o dentro de un período de cinco (5) años desde la fecha de adquisición de tales maquinarias, equipamiento y repuestos, el Contratante no podrá vender, transferir o disponer de dichas maquinarias, equipamiento y repuestos dentro del [País] sin la previa aprobación del Director y pago de cualesquiera impuestos adeudados al Gobierno que hubieren sido previamente eximidos; en el entendido que, si el Contratante vende, transfiere o dispone de dicha maquinaria, equipamiento y repuestos dentro del [País] sin la previa aprobación del Director dentro del período prescrito, deberá pagar el doble del monto de la exención tributaria otorgada; en el entendido, además, que el Director puede autorizar la venta, transferencia o disposición de los ítems mencionados dentro del [País] dentro del período prescrito sin pago de los impuestos previamente eximidos bajo los términos y condiciones establecidos por la Oficina; en el entendido, por último, que cualesquiera venta, transferencia o disposición que se efectúe después de expirado dicho período no requerirá de la aprobación previa del Director, pero deberá efectuarse un aviso de la misma dentro de los diez (10) días siguientes a la venta, transferencia o disposición de los mismos.

(k) Estar libre de expropiación, por parte del Gobierno, de los derechos concedidos bajo este Contrato o la propiedad representada por inversiones o préstamos o la propiedad utilizada en las Operaciones Mineras, salvo para uso público o en el interés o defensa nacional y luego del pago de indemnización justa.

(l) Estar libre de requisiciones de los derechos concedidos bajo este Contrato, la propiedad representada en la inversión o la propiedad de la empresa excepto en el caso de guerra o emergencia nacional y sólo por la duración de la misma. Una indemnización justa será determinada y pagada ya sea en el momento mismo o inmediatamente después de que cese el estado de guerra o la emergencia nacional.

(m) Mantener todos los libros y registros de cuentas de acuerdo con los estándares, principios y procedimientos contables generalmente aceptados. El Contratante puede utilizar dólares de los Estados Unidos de América como base para el cálculo de la Cuota del Gobierno en cumplimiento a lo dispuesto en la Sección IX de este documento.

(n) Recibir y efectuar pagos de bienes y servicios utilizados en las Operaciones Mineras, incluyendo pagos a empleados y subcontratistas, sean ciudadanos [País] o expatriados, de acuerdo con las leyes aplicables de [País] relativas a pagos en moneda extranjera.

(o) Transportar desde el Área del Contrato a cualquier lugar para exportar, y exportar desde el [País], todo y cualesquiera Minerales y productos minerales de acuerdo al Capítulo [x] de la Ley y normas y regulaciones pertinentes.

Revise las Limitaciones de Responsabilidad y
la Guía del Usuario del MMDA 1.0
en forma previa al uso de este documento.

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