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Sin perjuicio del término de este Contrato por cualquiera de las Partes o por cualquier motivo, incluyendo terminación debida a la decisión que este Contrato o parte del mismo es nulo, no válido o no posible de cumplir, las Secciones [X, Y y Z] sobrevivirán a dicha terminación y se mantendrán vigentes en relación a cualesquiera materias de este Contrato o que surjan de, en relación a, o en conexión con, este Contrato. Además, cualquier terminación lo será sin perjuicio de los derechos, deberes y obligaciones que se hayan devengado en forma previa a la terminación y, sin perjuicio de dicha terminación, las disposiciones de este Contrato que sean razonablemente necesarias para el pleno disfrute y ejecución de dichos derechos, deberes y obligaciones sobrevivirán dicha terminación por el período que sea necesario.
EJEMPLO 1
12.6 Sobrevivencia de Ciertas Disposiciones. Todas las obligaciones de las Partes que se hayan devengado en forma previa a la terminación de este Contrato sobrevivirán a la terminación de este Contrato. Además, las siguientes disposiciones sobrevivirán la terminación o expiración de este Contrato: Artículos 5, 8, 13, 15, 16 y 17.
Revise las Limitaciones de Responsabilidad y
la Guía del Usuario del MMDA 1.0
en forma previa al uso de este documento.
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